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EN OCTUBRE ANSES OTORGA UN NUEVO BONO DE $50.000

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el Gobierno nacional continúan analizando la entrega de un bono de 50 mil pesos.

De esta manera ANSES permitirá gestionar el bono de $50.000 para los sectores más vulnerables. Por ello, se estima que la inscripción será a través de Mi Anses, por lo que será clave actualizar los datos personales y familiares.

El nuevo refuerzo de ingresos entrará en vigencia a partir de octubre y, si bien todavía no se terminaron de definir los últimos detalles, los aspirantes deberán preparar toda la documentación principal para poder cobrar el beneficio.

Podrán acceder al beneficio aquellas personas que se encuentren en una situación económica vulnerable y no formen parte de ningún programa social. Para ello, deberán actualizar sus datos en Mi Anses desde la web, en cualquier momento.

El ingreso extra se pagaría en tres cuotas de $16.500 divididas en septiembre, octubre y noviembre. Según informaron, el refuerzo podría alcanzar a más de dos millones de personas que no cobren ningún plan social.

Cómo actualizar los datos en ANSES: 
 

En pocos pasos, cada beneficiario de ANSES puede ingresar con CUIL/CUIT y Clave de la Seguridad Social y gestionar la actualización de datos en pocos pasos:

  • Ingresar en la página web oficial: anses.gob.ar
  • Entrar en «Mi ANSeS».
  • Actualizar los datos necesarios.
  • También se puede hacer vía telefónica, llamando a la línea de contacto del organismo previsional 130 para cambiar el domicilio o los datos de contacto.

Qué documentación necesito para actualizar los datos

  • Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuados del visado, traducción y legalización como así también de la acotación o apostilla.
  • DNI del hijo y de los padres.
  • En el caso de un hijo adoptado: testimonio o copia de la sentencia de adopción, -DNI del hijo y de los padres adoptantes.

Matrimonio

  • acta, partida o certificado de matrimonio. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida.
    DNI de los cónyuges.

Divorcio vincular o separación personal

  • Testimonio o copia de la Sentencia de Divorcio o Separación Personal.
    Documento Nacional de Identidad.

Separación de hecho

  • Declaración Jurada o Información Sumaria Judicial o Administrativa.
  • Documento Nacional de Identidad.
  • Acreditación de convivencia y convivencia previsional

Convivencia

  • Sentencia o resolución judicial (sentencia judicial, información sumaria judicial) o una constancia de registro civil o juez de paz (declaración jurada, acta de convivencia, unión civil, unión convivencial) o concurrir a la ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.1.45 Información Sumaria de Convivencia.

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